Registro de Abogadas y Abogados de Niñas, Niños y Adolescentes.

Las y los profesionales del derecho que quieran sumarse a la propuesta del Registro, deberán poseer formación específica en la materia, a fin de brindar asistencia legal y técnica, atendiendo al interés superior y la capacidad progresiva del niño, niña o adolescente. Además de hacer efectivo el ejercicio del derecho a ser oídos, con el objetivo de promover y fortalecer su protección integral, en cumplimiento de las garantías consagradas en la normativa vigente.

Los y las profesionales del derecho, brindarán asesoramiento y patrocinio letrado a niñas, niños y adolescentes, para garantizar su participación en todo tipo de procesos como sujetos de derechos. Las y los profesionales del derecho que quieran sumarse a la propuesta del Registro, deberán poseer formación específica en la materia, a fin de brindar asistencia legal y técnica, atendiendo al interés superior y la capacidad progresiva del niño, niña o adolescente. Además de hacer efectivo el ejercicio del derecho a ser oídos, con el objetivo de promover y fortalecer su protección integral, en cumplimiento de las garantías consagradas en la normativa vigente.

De esta manera, brindarán asesoramiento y patrocinio letrado a niñas, niños y adolescentes, para garantizar su participación en todo tipo de procesos como sujetos de derechos.

REGISTRAR

Requisitos

● Completar el formulario de inscripción

● Copia certificada del documento Nacional de identidad-DNI.

● Título habilitante, acreditando formación específica en el derecho de las infancias, conocimiento del sistema de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, expedida por Instituciones Públicas o entidades privadas legalmente reconocidas por el académico y por las asociaciones de abogados o abogadas existentes en la Provincia. Acreditar la matriculación profesional en la Provincia del Chaco. No podrán presentar sanciones en la Matrícula, ni asesorar letradamente al Poder Ejecutivo de la Provincia, mantener relación de dependencia y/ o locación de servicios u obra con el mismo.

● Certificado de domicilio real, constancia de domicilio legal y electrónico.

● Constancia extendida por el Superior Tribunal de Justicia –STJ-, que no cuenta con sanciones disciplinarias.

● Exención expedida, expedida por el Registro de Deudores Alimentarios.

Quienes estén interesados en formar parte del registro deberán dirigirse personalmente a la oficina ubicada en: calle San Roque 25, primer piso o bien comunicarse por correo electrónico a registrosnaf@chaco.gov.ar.